Carencias en la aplicación de la Directiva de la UE sobre protección de los denunciantes (Whistleblowers) y su transposición en España
La protección de los denunciantes, o whistleblowers, ha cobrado cada vez más relevancia en la Unión Europea en los últimos años. Estas personas desempeñan un papel fundamental al revelar prácticas ilegales o poco éticas dentro de organizaciones públicas y privadas. La Directiva (UE) 2019/1937, comúnmente conocida como la “Directiva Whistleblower”, fue aprobada con la intención de establecer un marco homogéneo en los 27 Estados miembros que garantice la protección de quienes se atreven a alzar la voz contra corrupción, fraudes, delitos medioambientales y otros abusos. Sin embargo, tal y como denuncian diversas organizaciones de la sociedad civil —entre ellas Transparency International, en su artículo “EU whistleblower protection falling short when it matters most”—, la aplicación de esta directiva está quedándose corta en varios países, y España no es la excepción.
Asimismo, el reciente Informe de la Comisión Europea sobre la aplicación de la Directiva, destaca que, si bien se han dado pasos legales considerables, todavía persisten importantes brechas en la práctica, y en particular en España donde hay un aumento de proceso de denuncias judiciales de casos de corrupción.
La importancia de la Directiva Whistleblower
El objetivo esencial de la Directiva (UE) 2019/1937 es asegurar que cualquier individuo que informe de irregularidades cuente con garantías de confidencialidad, mecanismos de denuncia seguros y protección frente a represalias. Estas represalias pueden incluir despidos, degradaciones, discriminación o incluso amenazas físicas. Hasta la adopción de la Directiva, la normativa sobre el tema variaba considerablemente entre los Estados miembros, lo que generaba un mosaico legal en el que denunciar irregularidades podía ser más arriesgado que beneficioso para el denunciante.
En el contexto español, la relevancia de la Directiva se evidenció con mayor fuerza tras diversos casos de corrupción que sacudieron instituciones públicas y privadas. La revelación de prácticas corruptas, filtración de documentos internos y testimonios de empleados fueron claves para destapar escándalos que involucraban grandes sumas de dinero y redes de fraude muy complejas. En estos escenarios, la falta de protección legal constituía un obstáculo para que más personas se atrevieran a reportar prácticas ilegales.
Carencias en la transposición española
Aunque el Gobierno español ha dado pasos para incorporar los principios de la Directiva a su legislación interna, varias organizaciones de la sociedad civil, incluida Transparency International, señalan que todavía se está lejos de alcanzar una protección adecuada y efectiva para los denunciantes. A principios de año ya lo adelantamos en el artículo España avanza en la protección de los denunciantes (whistleblowers), pero aún queda camino por recorrer. Algunas de las principales carencias identificadas son:
- Alcance limitado en la definición de ‘denunciante’
La transposición de la Directiva ha introducido ciertas restricciones sobre quién puede ser considerado denunciante. Si bien el texto europeo propone una interpretación amplia, a nivel nacional se han impuesto matices que podrían dejar fuera a personas que revelen información valiosa pero que no estén en una relación contractual directa con la organización denunciada. Por ejemplo, becarios, voluntarios o antiguos proveedores pueden encontrarse en un limbo legal a la hora de buscar protección. - Mecanismos de denuncia internos poco robustos
La Directiva exige que las empresas de cierto tamaño establezcan canales internos de denuncia seguros y confidenciales. Sin embargo, en muchos casos, se han implementado sistemas que carecen de garantías reales de anonimato o independencia. Ver el artículo ¿Se puede usar un formulario web como Canal de Denuncias? Esto se traduce en el temor de potenciales denunciantes a sufrir represalias de sus superiores o de los departamentos de recursos humanos, por lo que la eficacia de estos canales se ve muy mermada. - Retrasos e incertidumbre en la adopción de la normativa
La Directiva estipulaba un plazo para su transposición que, en varios países, se ha incumplido, generando un período de incertidumbre y falta de criterios claros. En España, aunque la Ley de Protección de los Informantes está en vigor, su desarrollo reglamentario y la instauración de mecanismos específicos no han avanzado con la celeridad necesaria para proteger de manera efectiva a los denunciantes desde el primer momento como se detalla en Retrasos en la creación de la Autoridad Independiente de Protección del Informante en España. - Protección insuficiente frente a represalias
Una de las grandes preocupaciones es la falta de medidas concretas que eviten despidos o acciones legales injustificadas contra el denunciante. Aún quedan numerosos resquicios legales en los que el empleador puede alegar otras razones para apartar o sancionar al informante, sin que este cuente con medios suficientes para demostrar que se trata de una represalia directa. - Formación y concienciación deficientes
La cultura de la denuncia en España se encuentra todavía en sus primeras etapas de maduración. En muchas organizaciones, no se ha brindado suficiente formación a los empleados ni a los directivos sobre los procedimientos adecuados para recibir y gestionar denuncias internas. Esto genera confusión y, en el peor de los casos, puede fomentar la desconfianza hacia la figura del denunciante. Ver el articulo Aumentar la cultura de integridad con el canal de denuncias seguro
Consecuencias de las deficiencias
Las lagunas en la transposición de la Directiva en España tienen efectos negativos tanto a nivel individual como colectivo:
- Desincentivo a la denuncia: Cuantos más obstáculos y riesgos enfrenten los denunciantes, menor será la probabilidad de que den un paso al frente para reportar infracciones. Esto puede perpetuar conductas corruptas o ilegales al interior de las organizaciones. Incluso lo hemos podido ver en casos públicos reciente de notable difusión “El Sr. Lobato y el canal de denuncias”.
- Falta de transparencia: Una normativa débil reduce la eficacia de las políticas de compliance y obstaculiza la posibilidad de corregir problemas internos que podrían desencadenar sanciones millonarias o dañar seriamente la reputación de las instituciones.
- Inseguridad jurídica: La ausencia de regulaciones claras incrementa el riesgo de litigios y la posibilidad de interpretaciones divergentes por parte de los tribunales. Ello afecta tanto a los denunciantes como a las organizaciones que puedan verse envueltas en procesos legales.
- Impacto económico y social: Al no contar con mecanismos efectivos para frenar la corrupción y otras prácticas irregulares, se desperdician recursos públicos y se generan distorsiones en el mercado, lo que, a la larga, afecta a la competitividad y al bienestar general de la sociedad.
Hallazgos del informe de la Comisión Europea
El Informe de la Comisión Europea sobre la aplicación de la Directiva pone el énfasis en la disparidad entre los Estados miembros y en la urgencia de reforzar la protección en la práctica. En el caso de España, el informe destaca los avances en la transposición formal, pero critica la lentitud en la adopción de reglamentos y la limitada formación de los agentes clave. Se subraya también la necesidad de establecer un seguimiento más estricto y de desarrollar órganos independientes que supervisen la correcta implementación de la ley.
Este informe advierte que, si no se abordan estas carencias, la credibilidad de la Directiva podría verse seriamente menoscabada, afectando la confianza de los ciudadanos en las instituciones europeas y nacionales.
Perspectivas de mejora y recomendaciones
Para contrarrestar las deficiencias actuales, es fundamental que tanto el Gobierno como el sector privado y la sociedad civil sumen esfuerzos con miras a reforzar la cultura de la integridad y la transparencia. Algunas recomendaciones clave son:
- Revisión legislativa: Ajustar la normativa española para ampliar el concepto de denunciante, reforzar la protección frente a represalias y establecer sanciones claras para quienes obstaculicen o silencien las denuncias.
- Formación y sensibilización: Desarrollar programas de formación dirigidos a empleados, directivos y funcionarios públicos que les permitan comprender la importancia de la figura del denunciante y conocer los cauces adecuados para realizar denuncias.
- Creación de órganos independientes: Constituir organismos con competencias reales para supervisar la recepción y tramitación de denuncias, investigar posibles represalias y sancionar a quienes vulneren los derechos de los informantes.
- Asegurar la confidencialidad y el anonimato: Implementar canales seguros y tecnológicos que garanticen el anonimato real, protegiendo la identidad del denunciante, así como procedimientos claros de protección de datos.
- Transparencia e informes periódicos: Establecer la obligación de publicar datos estadísticos y evaluaciones periódicas sobre el funcionamiento de los canales de denuncia y sobre las investigaciones y sanciones derivadas de dichas denuncias.
Conclusiones
La Directiva Whistleblower de la UE constituye un hito en la lucha contra la corrupción y la salvaguardia de la integridad en las instituciones tanto públicas como privadas. No obstante, los avances en su aplicación resultan todavía insuficientes. Tal y como señala Transparency International en su artículo, la protección efectiva de los denunciantes está “quedando corta cuando más se necesita”. España ha iniciado el camino para brindar las garantías que exige la normativa europea, pero la transposición de la Directiva no está exenta de lagunas y vacíos legales que pueden desincentivar a quienes se plantean denunciar infracciones.
El Informe de la Comisión Europea pone de relieve la necesidad de una implementación más firme y decidida. Una legislación sólida sin la debida aplicación práctica es insuficiente para proteger a las personas que opten por exponer actos ilícitos. En última instancia, la credibilidad de las instituciones y la confianza ciudadana en el sistema dependen, en buena medida, de que exista un entorno seguro y transparente para quienes contribuyen a desvelar la verdad. El camino hacia la plena protección de los denunciantes es largo, pero, con reformas legales adecuadas, voluntad política y mayor concienciación social, resulta posible avanzar hacia un marco más justo y efectivo en la defensa de la integridad y el interés público.